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Oposicion del Deudor |
Cuando el deudor no paga y presenta un escrito de oposición, comienza una fase judicial del proceso monitorio en la que deben ir las partes asistidas de abogado y procurador
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pago del deudor |
Si el deudor atendiere el requerimiento de pago, tan pronto como lo acredite, se le hará entrega de justificante de pago y se archivarán las actuaciones
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Admision de la peticion y requerimiento del pago |
Si los documentos acreditativos de la deuda aportados por el acreedor tienen el suficiente valor probatorio para el juez, este emitirá un requerimiento de pago al deudor para que pagueen un plazo de veinte días
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Peticion inicial del proceso monitorio |
La petición inicial de procedimiento monitorio es un escrito por el que el acreedor se dirige al juez identificando al deudor, especificando la cuantía de la deuda, adjuntando la documentación probatoria de la misma, y solicitando del juez que emita al deudor un requerimiento de pago.
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Competencia para el proceso monitorio |
La competencia del proceso monitorio la tiene el Juez de primera instancia del lugar del demandado, y si se trata de reclamación de cuotas de de comunidades de propietarios, también puede elegir el acreedor en presentarlo en el Juzgado de primera instancia
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Casos en los que procede el proceso monitorio |
El proceso monitorio tiene como novedad que se puede presentar cualquier tipo de soporte formal o informal, en ocasiones se admiten procesos monitorios simplemente con aportar e-mails como prueba, para acreditar la existencia de un crédito con el que iniciar el proceso.
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General |
Lawell despacho de abogados y consultoría estratégica es líder en gestión de impagos a través del proceso monitorio. Con su equipo de profesionales expertos en tramitación del proceso monitorio su empresa conseguirá cobrar las deudas que tienen pendientes con ella.
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Paginado
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Reforma de la cuantía del proceso monitorio a partir del 2.010
El monitorio es un proceso que viene regulado en la LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil), en los Ártículos 812 a 818, ambos inclusive
Lawell despacho de abogados y consultoría estratégica es líder en gestión de impagos a través del proceso monitorio. Con su equipo de profesionales expertos en tramitación del proceso monitorio su empresa conseguirá cobrar las deudas que tienen pendientes con ella.
El proceso monitorio tiene como novedad que se puede presentar cualquier tipo de soporte formal o informal, en ocasiones se admiten procesos monitorios simplemente con aportar e-mails como prueba, para acreditar la existencia de un crédito con el que iniciar el proceso.
La competencia del proceso monitorio la tiene el Juez de primera instancia del lugar del demandado, y si se trata de reclamación de cuotas de de comunidades de propietarios, también puede elegir el acreedor en presentarlo en el Juzgado de primera instancia
La petición inicial de procedimiento monitorio es un escrito por el que el acreedor se dirige al juez identificando al deudor, especificando la cuantía de la deuda, adjuntando la documentación probatoria de la misma, y solicitando del juez que emita al deudor un requerimiento de pago.
Si los documentos acreditativos de la deuda aportados por el acreedor tienen el suficiente valor probatorio para el juez, este emitirá un requerimiento de pago al deudor para que pagueen un plazo de veinte días
Si el deudor requerido no compareciere ante el tribunal, éste dictará auto en el que despachará ejecución por la cantidad adeudada.
Si el deudor atendiere el requerimiento de pago, tan pronto como lo acredite, se le hará entrega de justificante de pago y se archivarán las actuaciones
Cuando el deudor no paga y presenta un escrito de oposición, comienza una fase judicial del proceso monitorio en la que deben ir las partes asistidas de abogado y procurador
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